La transición energética de los edificios cuenta con un nuevo respaldo normativo. Desde el 22 de marzo de 2026, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) incluye de forma expresa la aerotermia y la geotermia entre los sistemas de aprovechamiento de energías renovables que pueden plantearse en una comunidad de propietarios.
La geotermia, incluida expresamente en la LPH
La modificación del artículo 17.1 de la LPH reconoce de manera explícita estas tecnologías, junto a otras instalaciones renovables y a las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos. Es un paso relevante para facilitar que los edificios estudien soluciones de climatización más eficientes, estables y sostenibles.
Qué mayoría se necesita en la comunidad
La instalación puede acordarse a petición de cualquier propietario con el voto favorable de un tercio de los integrantes de la comunidad que represente, a su vez, un tercio de las cuotas de participación. Deben cumplirse ambas condiciones: no basta con alcanzar únicamente un tercio de los vecinos o un tercio de las cuotas.
Esta regla reduce la barrera para llevar a junta proyectos que afecten a elementos comunes, pero no elimina la necesidad de analizar cada caso con rigor.
Una oportunidad para preparar los edificios
La mención expresa de la geotermia abre la puerta a que más comunidades valoren instalaciones comunes o privativas de energía renovable. Para los edificios que buscan reducir el consumo energético y avanzar hacia una climatización de bajas emisiones, la geotermia puede aportar una solución eficiente y disponible durante todo el año.
El alcance de cada proyecto dependerá de las características del inmueble, la demanda energética, el espacio disponible, la solución técnica elegida y la planificación de la comunidad.
Estudio técnico y acuerdo bien documentado
Antes de tomar una decisión, conviene realizar un estudio técnico y energético, revisar la afección a los elementos comunes y preparar correctamente la propuesta para la junta. Una buena planificación permite analizar costes, beneficios, opciones de financiación y los trámites que pueda requerir la instalación.
La normativa se adapta a la transformación energética de los edificios. Ahora corresponde a las comunidades conocer sus posibilidades y valorar las soluciones que mejor respondan a sus necesidades.
Fuente: COPE Granada.

